Con esta manifestación y como beneficiados por la Beca Vocación de
Profesor (BVP) nos enfrentamos a un sinnúmero de irregularidades (1)
existentes en ésta, tanto en las cláusulas utilizadas en los documentos
referentes a este beneficio, como en la propaganda empleada, la cual dista
mucho de haber cumplido con su función de informar correctamente la totalidad
de sus condiciones.
De igual manera cuestionamos los fundamentos con
que se apela a la vocación de los estudiantes, a sabiendas que en ningún
momento la han medido, muy por el contrario, han homologado la vocación con un
puntaje PSU.
Apelamos a la modificación de ciertas cláusulas
y condiciones ya que no se presentaron con anticipación (2) y no
tienen argumentos válidos para emplearse en un beneficio universitario.
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El
desconocimiento generalizado de la totalidad de la información de este
beneficio se hace evidente al realizar un estudio a beneficiados por la BVP, quienes en un 74% (3) reconocen no haber conocido la totalidad de la información
antes de firmar los documentos correspondiente, haciendo que la
obtención de este beneficio no se haga en sus reales condiciones, o sea, que el
beneficiado no sea consciente de los términos hasta el momento en que deba
firmar el pagaré requerido para hacer válida la “beca”, momento en el cual ya
no puede retractarse de optar por este beneficio considerando que los plazos
para postular a cualquier otra subvención ya han expirado.
El beneficio que ofrece la BVP es una posibilidad a futuro: es la anulación de la deuda únicamente en
el caso de que se cumplan todas las condiciones referentes en este
beneficio. Condiciones que no sólo
reglamentan nuestra estadía en la universidad, como el común de las becas, sino
que también nos acompaña un par de años en nuestro ejercicio como
profesionales.
Es inconcebible catalogar a este beneficio como una beca, considerando
que las cláusulas empleadas en ésta se asimilan más a un préstamo bancario que
a una subvención universitaria.
Tales cláusulas apelan a criterios tan reprochables que podemos
encontrarnos con condiciones que catalogan de heredable la deuda en caso de
incumplimiento del beneficio, mencionando literalmente que;” las
obligaciones derivadas de este pagaré (..) podrá exigirse a cualquiera de mis
herederos y/o sucesores”, queriendo decir que
si el estudiante muera mientras cursa sus estudios su familia deberá
devolver los recursos invertidos en él. De igual manera es poco
pertinente que si el estudiante pierde el beneficio tenga que devolver de manera inmediata la totalidad de los
años cursados. ¿Cómo es que un estudiante que no se ha podido titular va a
obtener dichos recursos para pagar esa deuda?
No es posible que las
circunstancias futuras, el destino o el azar, sea lo que determine si debemos
pagar o no la carrera,
considerando que existen variables que pueden ir más allá de la vocación,
problemas económicas, sociales, físicos o emocionales, las cuales pueden
determinar que un estudiante no siga en la universidad y no se consideran
en este beneficio.
Escandalosa es la posibilidad de que este beneficio se
suspenda en algunas Universidades tras las manifestaciones y paros
estudiantiles ocurridos este año.
Sí los estudiantes se comprometieron a terminar su carrera de pedagogía,
el Ministerio de Educación debe comprometerse de igual manera a que este
contrato sea posible de efectuarse, entregando los recursos pertinentes, los
años previamente establecidos, considerando las desventajosas
consecuencias que conlleva perder estos recursos por razones que no les
competen en forma individual a cada estudiante.
La realidad a la que se enfrentarían los
estudiantes que perdiesen la beca, tras los hechos ocurridos este año, y no
tengan los recursos para devolver el dinero invertido en ellos sería, en
primera instancia, un protesto de parte del Mineduc, el cual conlleva gastos los cuales
deberá pagar el estudiante, aumentando aún más su deuda.
Y luego, existiendo ya una
“denuncia” de no pago, probablemente, los afectados tendrán que pedir un
crédito de consumo, de no tener los recursos para solventar la deuda exigida,
deuda de la cual no hay posibilidad de apelar, según lo expuesto en los pagarés
firmados.
Esta
“beca” no permite errores en sus beneficiados, de lo contrario sus
consecuencias son peores que endeudarse con un préstamo de consumo.
¿Será posible que el
estudiante que pierda esta “beca” va a poder seguir cursando sus estudios,
considerando que ahora está endeudado y ya no tiene beneficio universitario
alguno para poder terminar su carrera?
Con esta manifestación no intentamos desprestigiar
la BVP, considerando que tras este beneficio se reconoce
una valoración respecto de la carrera docente y a la importancia de los
profesores en el desarrollo de la educación del país, sino que pretendemos que
el Ministerio de Educación reconozca por su parte los errores aplicados en este
beneficio y a consecuencia produzcan los cambios pertinentes para construir un
beneficio digno para quienes seremos la
base de la enseñanza, la cual además de incentivos económicos, espera
respeto, que no se refleja en la
implementación de este beneficio, y
valoración social de su profesión para producir los cambios que tanto se
espera, cambio que deben involucrar a la sociedad en su conjunto y no recaer
únicamente en los docentes.
Se despiden
Estudiantes
de Educación U.Chile
Licenciaturas
en Ciencias Exactas U.Chile
Licenciaturas
en Lengua y Literatura Hispana U.Chile
Licenciatura
en Lengua y Literatura Inglesa U.Chile
Licenciatura
en Historia U.Chile
Licenciatura
en Filosofía U.Chile
Licenciatura en Educación en Biología y
Pedagogía en Biología UMCE
Pedagogía en Matemática y Computación Usach
Pedagogía en Castellano Usach
Pedagogía en Ingles Usach
................................................................................................................................................................
(1) Irregularidades como
el no pago, hasta la fecha, de la mensualidad de los $ 80.000 a los estudiantes
de licenciaturas http://www.becasycreditos.cl/ayudas/b_ped.html
(2) -Faculto al Ministerio de Educación para exigir el
cobro inmediato del monto total del pagaré, como
si fuere de plazo vencido, en caso de
incumplimiento de una o más de las obligaciones establecidas. Faculto, además,
al Ministerio de Educación para determinar por si mismo y conforme a lo
informado por la entidad de educación superior en la cual me encuentre cursando
mis estudios, el incumplimiento de mis obligaciones derivadas de la beca y sin
ulterior recurso.
-Declaro que todas las obligaciones derivadas de este pagaré las contraigo en el carácter de indivisible, de manera que en conformidad a lo dispuesto en el artículo 1528 del Código Civil su cumplimento podrá exigirse a cualquiera de mis herederos y/o sucesores.
-Cualquier derecho, gasto o impuesto que devengue este pagaré, su modificación, pago u otra circunstancia relativa a aquel, o producida con ocasión del mismo, será de mi exclusivo cargo.
-Libero al Ministerio de Educación de Chile de la obligación de protesto; pero, si se optare por efectuarlo podrá ser hecho en forma bancaria si operara con tal sistema; o notarial, a exclusiva elección de dicha Secretaría de Estado. En el evento de protesto, me obligo a pagar los gastos e impuestos que dicha diligencia devengue, en conformidad a las normas pertinentes.
-Declaro que todas las obligaciones derivadas de este pagaré las contraigo en el carácter de indivisible, de manera que en conformidad a lo dispuesto en el artículo 1528 del Código Civil su cumplimento podrá exigirse a cualquiera de mis herederos y/o sucesores.
-Cualquier derecho, gasto o impuesto que devengue este pagaré, su modificación, pago u otra circunstancia relativa a aquel, o producida con ocasión del mismo, será de mi exclusivo cargo.
-Libero al Ministerio de Educación de Chile de la obligación de protesto; pero, si se optare por efectuarlo podrá ser hecho en forma bancaria si operara con tal sistema; o notarial, a exclusiva elección de dicha Secretaría de Estado. En el evento de protesto, me obligo a pagar los gastos e impuestos que dicha diligencia devengue, en conformidad a las normas pertinentes.
(3) 74% de un total de
106 encuestados