Compañeras y compañeros,
A través de este comunicado les queremos dar a conocer los principales puntos que cuestionamos sobre la mal llamada “Beca” Vocación de Profesor y así mismo transmitir información que por parte del Ministerio de Educación no se está entregando con claridad.
1. Sobre la Información.
- La Información presentada por parte del MINEDUC es insuficiente e incompleta en relación a las reales condiciones que contempla esta beca, ya que al publicitarla sólo menciona los requisitos y los beneficios de ésta, sin dar a conocer las causales de pérdida y limitantes que impone la beca, tomando en cuenta que la información que no se entrega es de suma relevancia al momento de optar por esta beca.
- En forma de validar lo antes mencionado procederemos a enumerar nuestros compromisos al optar por esta beca y a posteriori los antecedentes que se omiten en la publicidad o que se revelan solo al momento de firmar el pagaré correspondiente a este beneficio.
Nuestros compromisos son los siguientes:
1. Obtener el título de profesional. (En menos de 5 años)
2. Trabajar 3 años en un establecimiento particular subvencionado o municipal.[1]
a) El plazo para cumplir estos compromisos es de 12 años contados desde el inicio del programa de estudios.
b) El beneficiario firmara un pagaré que avale el cumplimiento del compromiso. Este pagaré obliga a devolver todo el dinero que contempla la beca de una sola vez.
c) Se exige una jornada mínima de 30 horas semanales.
En ningún momento se menciona lo posterior:
- En caso de incumplimiento del contrato se exige el cobro inmediato del monto total del pagaré como si fuera de plazo vencido, sin ulterior recurso; dicho este punto cabe preguntarnos, si se nos exige el cobro inmediato del monto total ¿De dónde un estudiante que no genera recursos suficientemente altos va a sacar el dinero necesario para pagar el monto total de la deuda? ¿Pidiendo un crédito de consumo y endeudándose?
- La deuda se podrá exigir a cualquiera de los herederos y/o sucesores; entendiéndose por herederos, en caso de no tener hijos, a los padres. Al ser “heredable” en caso de muerte del estudiante la deuda se cobra igualmente.
- El ministerio no entrego la información suficiente a las mismas instituciones superiores que recibieron esta beca, por lo que hubo casos específicos donde por desinformación local los alumnos fueron prácticamente “obligados” a optar por la Beca Vocación de Profesor debido a que desconocían que se podía estudiar con otras becas la carrera de pedagogía.
- Esta beca se rige bajo las mismas normas generales que el resto de las beca, sin embargo es la única que se debe pagar en caso de incumplimiento.
[1] No se aclara como se consigue contrato en uno de ellos y en qué condiciones vamos a trabajar, considerando la sobredemanda que habrá de empleo en este sector por efectos de la misma beca, la cantidad de universidades privadas que imparten pedagogía y el hecho que cualquier profesional que haya estudiado más de 8 semestre puede ejercer la pedagogía, según la actual LGE.
2. Irregularidades por parte del MINEDUC
- Sobre el financiamiento del arancel real y la matricula de la carrera, es un falacia ya que se nos ha cobrado la matrícula con una reposición mínima del total, salvo en algunos casos en los cuales las propias instituciones superiores han devuelto el total del dinero.
- La beca se rige a través de un pagare lo cual nos resulta completamente inapropiado en relación a las documentos que se exigen a las otras becas. ¿Por qué firmamos un pagare, si es una beca y no un crédito?
- Cualquier derecho, gasto o impuesto que devengue el pagaré firmado, será de exclusivo cargo del estudiante, lo que quiere decir que gastos notariales y otros que acompañen el pagaré, que se debe firmar anualmente, los debe pagar el estudiante independientemente que se pierda o no la categoría de becario, sin especificar cómo, cuando y donde estos gastos adicionales se deben pagar y así mismo sin dar explicación alguna del porque el estudiante debe pagar si con anterioridad se mencionó numerosas veces la gratuidad de esta beca.
- Esta beca se regula por el DS 337, con modificación en el Decreto 39, el cual hasta antes del 9 de Junio del 2011 no existía, por lo tanto solo en Junio de este año la beca comenzó a ser legal, ya que desde Enero se encontraba en Contraloría General de la República evaluándose, por ende cabe preguntarse ¿Bajo qué normativa legal, nosotros como estudiantes, firmamos un pagaré, el cual mencionaba que esta beca estaba regulada el 2010?¿Que hubiese pasado si Contraloría encontraba falencias en la beca y debía reevaluarla? ¿Quien ha pagado los aranceles mensuales desde Marzo a la fecha, tomando en cuenta que el dinero se envía solo bajo decreto? Dentro de todas estas interrogantes solo podemos responder la última, diciendo que las Instituciones han cargado los beneficios a fin de no perjudicar a los alumnos ya que aún no reciben las platas correspondientes.
3. Sobre la orientación de la beca.
De acuerdo al Ministerio de Educación, la beca está orientada a mejorar la calidad de los profesores en Chile y por ende la educación. La manera en la que se refleja este actuar es completamente explicita, con esto nos referimos a los grandes incentivos económicos que se ofrecen a los alumnos con puntajes sobre 600 puntos en la Prueba de Selección Universitaria, se basa en la premisa del ministro Joaquín Lavín, la cual postula que la educación en Chile es ineficiente debido a que los estudiantes que acceden a carreras pedagógicas obtienen bajos puntajes, por lo cual se les considera estudiantes inoperantes. La PSU es un instrumento estrictamente elitista que solo mide condición socioeconómica, por lo tanto la beca en vez de disminuir la brecha económica, solo la aumenta ya que las personas que consiguen sobre los 600 puntos generalmente son las personas con más recursos económicos.
Nosotros como estudiantes de Educación, criticamos la orientación de esta beca, principalmente porque convierte a la vocación en un tema meramente económico. Con esto queremos decir que existe una gran posibilidad que los estudiantes que postulen a pedagogía lo hagan mayoritariamente incentivados por las facilidades económicas que ofrece la beca más que con la vocación innata que se requiere para enseñar. En este punto de la discusión consideramos que debemos hacer un alto para definir “vocación”. De acuerdo a lo conversado con distintos estudiantes de pedagogías de distintas universidades del país, tanto privadas como estatales, concordamos que hay dos tipos de vocación; una que es innata en la persona y la segunda que se desarrolla durante el proceso de enseñanza. Nuestra posición tiene una clara inclinación a que el desarrollo de la vocación se produce durante los años de estudio en la universidad, con esto nos referimos, a la asistencia en la sala de clases, las prácticas en distintos jardines y/o colegios de distintos estratos sociales, la elaboración de material autónomo, etc. Postulamos que todos estos factores son los que al final terminan reafirmando la vocación. Por lo cual, mediante esta beca que ofrece el Estado, se corre un gran riesgo de que estudiantes que entraron a pedagogía descubran que no es realmente lo que les gusta y se vean obligados a terminar sus estudios por un tema netamente económico, ya que les sigue de muy cerca el cobro del pagare, y como consecuencia egresaran sin vocación.
Estudiantes de la carrera de Educación U.Chile
Estudiantes de la carrera de Educación U.Chile